Publicado: 9 septiembre 2023
Decreto que incrementa temporalmente las tarifas de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
El 15 de agosto de 2023, el Ejecutivo Federal mexicano publicó un decreto (el Decreto) que modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación para aumentar hasta un 25% los aranceles de importación aplicables a productos clasificados en 392 fracciones arancelarias mexicanas. El objetivo del Decreto es proteger ciertas industrias consideradas vulnerables, como la electrónica, eléctrica, automotriz y de autopartes.
El Decreto afecta a productos fabricados con acero y hierro; productos químicos; jabones; manufacturas de plástico; caucho; papel y cartón; productos editoriales; algodón; filamentos sintéticos o artificiales; fibras sintéticas; tejidos de punto; prendas de punto y sus accesorios; ropa; artículos textiles; calzado; sombreros; productos cerámicos; productos de piedra; yeso; cemento; asbesto; vidrio; productos de fundición de hierro y acero; manufacturas de cobre, níquel y aluminio; herramientas, utensilios y cubiertos de metal; manufacturas de metal; maquinaria; vehículos automóviles; aeronaves; instrumentos musicales; muebles y diversas manufacturas.
El Decreto establece que las tasas estarán vigentes temporalmente desde el 16 de agosto de 2023 hasta el 31 de julio de 2025, y dispone que una vez que expiren las tasas temporales, las tasas originales del impuesto de importación volverán a estar en vigor, tal como se publicaron originalmente en la ley el 7 de junio de 2022.
El Decreto también establece que después del 31 de julio de 2025, ciertos productos laminados planos de hierro o acero estarán excluidos del tratamiento arancelario preferencial en el marco de los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) de las Industrias Eléctrica, Electrónica, de Autopartes y Automotriz.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5698661&fecha=15/08/2023#gsc.tab=0